Gestión del IVA para autónomos y empresas en Tarragona

Llevamos tus declaraciones de IVA y revisamos tus facturas para que deduzcas todo el IVA que te corresponde y no tengas problemas en una comprobación.

Para autónomos, comercios, profesionales y empresas de Tarragona y el Camp de Tarragona que facturan con IVA, y a distancia de toda España.

IVA de autónomos y empresas

  • IVA trimestral (modelo 303)

    Liquidamos el IVA de cada trimestre a partir de tus facturas emitidas y recibidas, y te avisamos del importe antes del plazo.

  • Resumen anual (modelo 390)

    Preparamos el resumen anual del IVA, que debe cuadrar con los cuatro trimestres presentados.

  • Operaciones con la UE (modelo 349)

    Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y declaración de compras, ventas y servicios con empresas de otros países de la UE.

  • Operaciones con terceros (modelo 347)

    Declaración anual de clientes y proveedores con los que superas el límite legal de operaciones.

  • Regímenes especiales

    Recargo de equivalencia para comercios, régimen simplificado, criterio de caja, prorrata e inversión del sujeto pasivo.

Revisamos tus facturas antes de declarar

Un error en una factura puede hacer perder el derecho a deducir el IVA. Antes de cada trimestre comprobamos que tus facturas tienen los datos obligatorios, que el tipo aplicado (21 %, 10 % o 4 %) es el correcto y que los gastos están afectos a la actividad.

Si tu programa de facturación tiene que adaptarse a los nuevos requisitos de Hacienda (Verifactu), te orientamos para hacerlo a tiempo.

IVA y planificación de tesorería

El IVA que cobras no es tuyo: lo ingresas cada trimestre. Te enviamos una estimación del resultado antes de cada plazo para que puedas reservar el dinero y no te pille por sorpresa.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el IVA trimestral?

Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el del cuarto trimestre del 1 al 30 de enero, junto con el resumen anual (390).

¿Tengo que presentar el IVA si no he facturado nada?

Sí. Mientras estés dado de alta en una actividad con IVA, tienes que presentar el 303 cada trimestre aunque salga a cero.

¿Puedo deducirme el IVA del coche?

Si es un turismo que usas también para fines personales, Hacienda admite en general el 50 % del IVA. Para deducir más, tienes que probar un uso mayor en la actividad.

¿Qué es el recargo de equivalencia?

Es un régimen obligatorio para comerciantes minoristas que son personas físicas: el proveedor les cobra un recargo junto al IVA y ellos no presentan el 303.

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